NADIE PUEDE PROHIBIR LA CULTURA, Y MENOS AUN LA DE LOS TOROS POR SU CARACTER POPULAR
La Tauromaquia forma parte del mestizaje cultural iberoamericano
Recientemente el alcalde de San Felipe, estado Yaracuy, en Venezuela, ha hecho público undecreto mediante el cual trata de prohibir las corridas de toros.
El alcalde evidencia desconocer que la cultura no puede ser prohibida por ningún órgano de lospoderes públicos porque le pertenece al pueblo, que es quien la crea, disfruta y recrea.
La obligación de las autoridades es la de fomentar el patrimonio cultural, protegerlo, salvaguardarlo,enriquecerlo y garantizar su transmisión a las generaciones futuras, pero nunca prohibirlo, en primer lugarporque no les pertenece y en segundo término, porque su conducta tendrá un carácter delictivo tipificadocomo expolio cultural.
A diferencia del patrimonio monumental y natural, que pertenece a los estados, el patrimonio cultural espropiedad de los pueblos y son éstos los únicos que pueden decidir acerca de su viabilidad o existencia.
Por ello, la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO otorga a lascomunidades, grupos e inclusos a un individuo, la potestad de identificar los elementos que forman partede su patrimonio cultural.
La misma Convención asigna a los estados que la suscribieron a fin garantizar la salvaguardia de dichopatrimonio, su obligación de inventariarlo, documentarlo, investigarlo, preservarlo protegerlo,promocionarlo, valorizarlo y a garantizar su trasmisión.
Y la Tauromaquia, aunque a algunos les pese, forma parte de ese inmenso Patrimonio Cultural Inmaterialde los pueblos Iberoamericanos, conformado tanto por sus manifestaciones autóctonas, como por lasexpresiones aportadas por su mestizaje cultural.
Así quedó claramente asentado en el I Congreso de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural, celebradoen la ciudad de Albacete, España de febrero pasado, al que asistieron representantes de casi todos lospaíses taurinos del mundo, del Reino Unido y los EE.UU.
Por tal razón, la prohibición de las corridas de toros en San Felipe constituye un atropello del alcalde contra el pueblo de Yaracuy, que goza de una apreciable afición taurina, en cuyos campos hay dos ganaderías detoros bravos, Campolargo y Laguna Blanca; toreros con dilatada carrera taurina, que con orgullo ostentanel gentilicio de su tierra natal; y miles de aficionados que recorren la geografía nacional detrás de supasión, la Tauromaquia.
Pero igualmente, la prohibición del alcalde conduce a la a muerte el bien que supuestamente pretendeproteger: El toro bravo, que quedaría condenado a desaparecer, así como desaparecerían cientos depuestos de trabajo en la ciudad y el campo de hombres y mujeres que viven de y por la Fiesta de losToros, con el consecuente daño económico que ello significa, en una Venezuela que atraviesa uno de suspeores momentos.
La decisión que no dudamos en calificar de alcaldada, vulnera derechos fundamentales protegidos por laConstitución venezolana, como es el garantizar a sus ciudadanos, niños incluidos, el libre acceso a lacultura de su entorno social, así como las disposiciones de otros tratados internacionales que protegen losderechos culturales como derechos humanos, y obligan a respetar y proteger la diversidad cultural.
Las autoridades, llamadas a cumplir y hacer cumplir la ley, pierden toda su legitimidad cuando actúan deespaldas de los ciudadanos y contra sus derechos, quedando expuestas a medidas correctivas dediferentes características, que van desde la acción de amparo constitucional, hasta el desconocimiento desu autoridad.
William Cárdenas Rubio
Presidente AIT
Torero Venezolano de San Felipe: "El Yaracuy" |
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